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De acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los siguientes procedimientos:

1. Procedimiento de reserva de plazas en el primer ciclo de educación infantil.

2. Procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato.

3. Procedimiento de admisión del alumnado en residencias escolares y escuelas-hogar.

De conformidad con lo previsto en la citada disposición adicional el cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el referido Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, o en su caso, las prórrogas del mismo, para lo que se dictarán las disposiciones oportunas una vez que finalice el estado de alarma decretado. Asimismo, le comunico que, dado que los centros educativos permanecerán cerrados desde el 16 de marzo, según el comunicado urgente emitido por la Consejería de Educación y Deporte, de fecha 14 de marzo de 2020, informando de nuevas medidas adoptadas motivadas por el COVID-19, no es posible la recepción de solicitudes de forma presencial en dichos centros relativas a los citados procedimientos, sin perjuicio de las que puedan presentarse de forma telemática.

EL DIRECTOR GENERAL DE
PLANIFICACIÓN Y CENTROS
Fdo.: José María Ayerbe Toledano.

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