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Estimadas familias:

Se recuerda la fecha prevista, según el calendario establecido en la normativa legal al respecto, para la elección de representantes del sector de padres/madres/tutores-as legales que formarán parte del Consejo Escolar de este curso escolar 2021/2022.

A continuación se relacionan aspectos a tener en cuenta.

  1. Cada persona electora deberá acreditar su identidad, a la hora de votar, presentando su DNI o documento equivalente.
  2. Las votaciones se realizarán en el Centro el miércoles 17 de Noviembre desde las 15:30 hasta las 20:30 horas (cinco horas a partir de la conclusión del horario lectivo), en la Biblioteca del Centro. Se accederá a la misma por la puerta de acceso exterior.
  3. Por un mismo alumno/a le corresponde votar al padre y a la madre, salvo en los casos en los que la Patria Potestad se encuentre atribuida a uno solo de los En este caso la condición de persona electora o elegible concernirá exclusivamente a este, como así establece el artículo 13.2 de la Orden de 7 de Octubre de 2010 (BOJA Nº 200, 13/10/2010). Solo se vota una vez aunque tenga varios hijos/as matriculados, según establece el artículo 13.1. de la Orden de 7 de Octubre de 2010.
  4. Cada persona electa podrá hacer constar en su papeleta, como máximo, tantos nombres como puestos a cubrir (significado de candidatura abierta: cada elector/a podrá seleccionar de la lista de personas candidatas a aquellas que estime oportuno, siempre que respete el número máximo establecido por la Junta Electoral-Orden de 7 de Octubre de 2020). En el sector de padres/madres/tutores-as legales el número máximo es de ocho personas dado que la novena corresponde al miembro designado por el AMPA del Centro, que no aparece en la papeleta de voto y se graba en Séneca después, como miembro del Consejo Escolar.
  5. Formarán parte de la Mesa Electoral la Dirección del Centro como presidenta y cuatro padres/madres/tutores-as legales del alumnado del Centro, que figuran en el censo designados por sorteo y que no son candidatos/as. Actuará de secretario/a el padre/madre/tutor-a legal de menor edad.
  6. Finalizadas las votaciones, se procederá al escrutinio de votos, que será público, y una vez realizado, se levantará acta que firmarán las personas componentes de la En lamisma se hará constar la relación de personas representantes elegidas por mayor número de votos y todas las demás que hayan obtenido votos. Dicha acta será enviada a la Junta Electoral, a efectos de proclamación de las distintas candidaturas elegidas. En el caso de que aparezca un empate en el número de votos entre candidatos/as, la elección se dirimirá por sorteo y el resultado del mismo quedará reflejado en acta.
  7. Se recuerda, igualmente, que se admitirán votos no presenciales hasta antes de la finalización del escrutinio del día en que se realiza la votación con el sistema de doble El sobre exterior se dirigirá a la “Mesa electoral de representante de padres y madres” y contendrá la firma manuscrita y coincidente con la que aparece en el documento de identificación que aporte (fotocopia DNI, pasaporte o carné de conducir). Un segundo sobre irá en blanco y cerrado y en su interior se incluye la papeleta de voto. Este proceso está regulado por el Artículo 12.2. Voto no presencial de la Orden de 7 de Octubre de 2010.
  8. En este sentido, la entrega del voto a la Dirección, la puede efectuar otra persona en lugar de la persona electora.

Se adjunta el modelo de papeleta generado por el Sistema de Información Séneca, regulado mediante el Decreto 285/2010, de 11 de mayo, por el que se regula el Sistema de Información Séneca y se establece su utilización para la gestión del sistema educativo andaluz. La Junta Electoral procedió a la impresión de las papeletas en el plazo estipulado y la pondrá a disposición de las personas electoras también en el momento de la votación.

Anexo Nota Informativa XVII Papeletas Voto-2 Madres-Padres

Un cordial saludo

Equipo Directivo

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